Acuerdo de artista invitado
Fija actuación, aprobación, créditos, fee, royalties, promoción y uso de imagen.
Acuerdo de artista invitado
Título de la obra / proyecto
Comparecencia
Parte 01. [nombre legal], actuando como Titular / artista principal.
Parte 02. [nombre legal], actuando como Colaborador.
Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para contratar y obligarse y, a tal efecto,
Antecedentes
- El artista principal desea incorporar una interpretación destacada a la obra y el artista invitado acepta prestar dicha colaboración en las condiciones pactadas.
- Las partes desean regular por separado la interpretación, el uso de nombre e imagen, la remuneración, los créditos y cualquier aportación autoral.
En virtud de lo anterior, las partes acuerdan las siguientes
- 01
Objeto e interpretación
El presente acuerdo regula exclusivamente la relación descrita respecto de «[por completar]» y de los materiales identificados en sus anexos. Los títulos facilitan la lectura y no limitan el contenido. Las referencias a escrito incluyen comunicaciones electrónicas cuya autoría, contenido, fecha e integridad puedan acreditarse.
- 02
Interpretación y aprobación
[por completar] aportará la interpretación descrita y podrá aprobar cambios materiales en su voz, nombre artístico o imagen antes del lanzamiento, sin retrasar injustificadamente la publicación.
- 03
Compensación y promoción
La compensación será 0 EUR y 0% de los ingresos netos del máster definidos en el anexo. El crédito acordado y las obligaciones promocionales serán los indicados en la ficha del proyecto.
- 04
Entrega y aprobación artística
El artista invitado entregará máster WAV, instrumental, acapella, stems y archivo de sesión consolidado. Dispondrá de 5 días hábiles desde la recepción para aprobar el uso final de su interpretación, nombre e imagen en cambios materiales. La aprobación no podrá denegarse o retrasarse de forma irrazonable, y el silencio solo tendrá efecto si se pacta expresamente.
- 05
Remuneración, royalties y liquidaciones
La compensación incluye 0 EUR y 0% sobre ingresos netos efectivamente recibidos y directamente atribuibles a la explotación, pagaderos conforme a 50% al encargo y 50% a la entrega aprobada y con liquidación semestral. Los costes deducibles, anticipos y recobros deberán estar definidos y no se ampliarán unilateralmente.
- 06
Imagen, promoción y derechos de intérprete
El nombre, biografía, imagen y material promocional del artista invitado solo podrán utilizarse para explotar y promocionar la obra durante el alcance autorizado. El crédito será según los metadatos y materiales del lanzamiento. Se preservan los derechos de intérprete y remuneraciones irrenunciables que correspondan.
- 07
Capacidad y autoridad
Cada parte declara que sus datos son correctos, que posee capacidad suficiente y que no existe obligación previa incompatible. Quien firme por una entidad, un representado o una persona menor de edad garantiza disponer de facultades bastantes y aportará evidencia si se le solicita.
- 08
Derechos separados y alcance
La composición musical y el fonograma o máster son derechos distintos. Ninguna cesión, licencia, participación o autorización se presumirá: solo se concede lo descrito expresamente en este documento y sus anexos. Los derechos morales y demás derechos irrenunciables quedan a salvo.
- 09
Derechos de terceros y autorizaciones
Cada parte declara que su aportación es original o está debidamente autorizada, que puede conceder los derechos aquí descritos y que ha revelado samples, interpolaciones, beats, loops, material generado con IA y cualquier otro elemento de terceros. Notificará sin demora cualquier reclamación y cooperará de buena fe para resolverla.
- 10
Créditos y metadatos
Las partes suministrarán nombres, créditos, identificadores y metadatos completos y coherentes. Quien gestione el lanzamiento hará esfuerzos razonables para reflejarlos en archivos, plataformas, notas, registros y comunicaciones de prensa, sujeto a las limitaciones técnicas de cada medio, y corregirá errores verificables sin demora injustificada.
- 11
Registros, cuentas y auditoría
La parte que registre, recaude o reciba importes por cuenta de otra conservará registros razonables y facilitará liquidaciones claras con la periodicidad pactada. Cualquier participante afectado podrá solicitar justificantes y revisar, con preaviso razonable y sin abuso, los registros directamente relacionados con su participación.
- 12
Confidencialidad y datos personales
La información no pública recibida para ejecutar el acuerdo se utilizará solo con esa finalidad, se protegerá con medidas razonables y se comunicará únicamente a colaboradores que necesiten conocerla y estén sujetos a deberes equivalentes. Los datos personales se tratarán conforme a la normativa aplicable y no se incorporarán a campañas ajenas al proyecto sin base legítima.
- 13
Responsabilidad entre las partes
Cada parte responderá de sus propios actos, incumplimientos y declaraciones. Si una reclamación de tercero deriva directamente de una garantía falsa o de material aportado sin autorización por una parte, esta colaborará en la defensa y asumirá las consecuencias que determine la ley o un acuerdo escrito, sin admitir responsabilidad ni transigir por otra parte sin su consentimiento.
- 14
Cesión y colaboración independiente
Ninguna parte podrá ceder el acuerdo de modo que reduzca derechos de cobro, crédito o aprobación de otra sin consentimiento escrito, salvo sucesión societaria que asuma íntegramente las obligaciones. El acuerdo no crea sociedad, relación laboral, agencia ni representación salvo que una cláusula lo establezca expresamente.
- 15
Duración, terminación y supervivencia
El acuerdo permanecerá vigente durante el plazo indicado o, si no se fija plazo, mientras se exploten los derechos concedidos. El incumplimiento material no subsanado dentro de un plazo razonable permitirá resolver las obligaciones futuras, sin afectar derechos devengados, pagos pendientes, confidencialidad, garantías ni usos válidamente autorizados con anterioridad.
- 16
Integridad, nulidad parcial y renuncia
Este documento y sus anexos contienen el acuerdo completo sobre su objeto y sustituyen conversaciones anteriores sobre él. Si una disposición resulta inválida, se adaptará en la mínima medida necesaria y el resto seguirá vigente. La falta de ejercicio de un derecho no implica renuncia.
- 17
Fuerza mayor
Ninguna parte responderá por retrasos causados por acontecimientos imprevisibles fuera de su control razonable, siempre que lo comunique, mitigue sus efectos y reanude el cumplimiento cuando sea posible. Esta cláusula no extingue cantidades ya vencidas ni autoriza el uso de derechos no concedidos.
- 18
Comunicaciones, cambios y firma
Las comunicaciones se enviarán a los emails indicados por las partes. Toda modificación deberá constar por escrito y ser aceptada por las personas cuyos derechos o porcentajes resulten afectados. Las firmas electrónicas, el consentimiento verificable y las copias separadas producirán efectos en la medida permitida por la ley aplicable.
- 19
Ley aplicable y controversias
El acuerdo se interpretará conforme a la ley de España. Antes de iniciar un procedimiento, las partes intentarán resolver de buena fe cualquier diferencia mediante negociación y, cuando resulte apropiado, mediación. La jurisdicción y el mecanismo definitivo deberán adaptarse con asesoramiento local.
Ficha de participantes, contacto y titularidad
- Nombre artístico
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- Email / teléfono
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- Identificación
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- Composición
- Autor / compositor
- Editorial
- Mundial · Sin plazo
- Máster
- Titular / artista principal · Independiente
- Crédito oficial
- Artista principal
- Nombre artístico
- —
- Email / teléfono
- —
- Identificación
- —
- Composición
- Coautor / compositor
- Editorial
- Mundial · Sin plazo
- Máster
- Intérprete colaborador · Independiente
- Crédito oficial
- Colaborador
Las personas señaladas como firmantes declaran haber leído el documento completo y sus anexos, haber podido formular preguntas y comprender que ningún campo pendiente debe completarse después de firmar sin su consentimiento. Lo aceptan en la fecha indicada, mediante firma manuscrita o electrónica válida conforme a la ley aplicable.